En España y toda la Unión Europea se ha acabado el ofrecer bolsas de plástico gratis a los clientes.
Desde el 1 de enero de 2018 entró en vigor la medida por la que todos los comercios deben cobrar por cada bolsa de plástico entregada. Sin embargo, en España se ha dado un período de adaptación hasta el 1 de marzo de 2018. Durante esta prórroga lo que se pretende es que tanto comerciantes como clientes se vayan acomodando y acostumbrando a la nueva situación de tener que abonar por las bolsas de plástico a la vez que informar y sensibilizar a los ciudadanos.
Esta medida está fundamentada en el Real Decreto sobre reducción del consumo de bolsas de plástico que se deriva, a su vez, de una Directiva Europea del Parlamento y el Consejo Europeo del año 2015 y cuya finalidad es la de reducir el consumo de bolsas de plástico ligeras en el ámbito de la Unión Europea. Tenemos que considerar que en España, en el año 2014, se pusieron en el mercado unas 6.730 millones de unidades de bolsas de plástico.
De hecho, el acto de cobrar a partir de marzo de 2018 es tan sólo una circunstancia transitoria, ya que a partir del 1 de enero de 2020 estarán totalmente prohibidas las bolsas de plástico ligeras que no sean compostables, al igual que las bolsas de plástico fragmentables.
La norma establece el cobro obligatorio de un precio por bolsa de plástico ligera y con espesor de entre 15 y 50 micras, para todas las bolsas de plástico, compostables y no compostables. Estas son el tipo de bolsas que más se utilizadas en los comercios en general. El precio de la bolsa vendrá fijado por el comerciante aunque en el real decreto se establecen unos precios orientativos, que pueden ser usados como referencia por los comerciantes. Así habrá que pagar por cada bolsa de plástico entre 5 y 15 céntimos de euro (5 céntimos por debajo de 15 micras, 10 céntimos hasta 19 micras y 15 céntimos para más de 30 micras). En la medida se incluyen tanto las bolsas que puedan suministrarse en la venta online como en las entregas a domicilio.
La directiva europea permite que se excluyan de la obligación del cobro las bolsas de menos de 15 micras de espesor (bolsas de plástico muy ligeras), usadas por motivos de higiene o para evitar las pérdidas de alimentos en, por ejemplo, la venta de productos a granel, pero a partir del 1 de enero de 2020 deberán ser también de plástico compostable. También se quedan fuera de la aplicación de la norma las bolsas de plástico con espesor igual o mayor a 50 micras. Ya que estas bolsas, por su rigidez y firmeza, son más aptas para la reutilización. Sin embargo desde el 1 de enero de 2020 estas bolsas de plástico de más de 50 micras deberán de contener como mínimo un treinta por ciento de plástico reciclado.
La medida es bastante controvertida para algunos pero pretende guiar hacia un consumo más responsable y sostenible de bolsas de plástico utilizando materiales reciclados y degradables.
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